Auto Supremo AS/0604/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0604/2006

Fecha: 10-Ago-2006

Que, a este efecto y de la revisión del recurso se colige que el recurrente


Que, a este efecto y de la revisión del recurso se colige que el recurrente no cumplió los requisitos enumerados en el inc. 2) del art. 258 de la norma procesal civil (en este caso de fundamentar su recurso), no obstante de citar algunas disposiciones legales, los argumentos expuestos carecen de justificación y fundamentación, no precisa de qué manera se hubiera incurrido en violación, aplicación indebida o interpretación errónea de la Ley, menos alega ni demuestra error de hecho o de derecho que se hubiera incurrido en la apreciación de las pruebas; simplemente como si se tratara de un memorial de conclusiones, además de ser el mismo una réplica de su recurso de apelación, realiza un relato intrascendente de escaso contenido jurídico, sin especificar las causales de casación o nulidad, por lo que propiamente no hay recurso de casación en el fondo ni en la forma, con desconocimiento de lo preceptuado por los arts. 253 y 254 del Cód. Pdto. Civ