Auto Supremo AS/0783/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0783/2006

Fecha: 11-Sep-2006

Que, a este efecto y de la revisión de los recursos, se colige que los


Que, a este efecto y de la revisión de los recursos, se colige que los recurrentes no cumplieron los requisitos enumerados en el inc. 2) del art. 258 de la norma procesal civil, porque en el primero, no obstante de citar algunas disposiciones legales, los argumentos expuestos carecen de justificación y fundamentación, no precisa en qué consiste la vulneración en las que se hubiere incurrido, simplemente realiza un relato intrascendente de escaso contenido jurídico, sin especificar las causales de casación o nulidad; mientras que el segundo, olvida que el recurso de casación es una nueva demanda de puro derecho, resultando inadmisible que, en la especie, se plantee el recurso en el Otrosí del memorial de fs. 79-80, como si se tratara de una cuestión accesoria y no la parte principal del recurso, a lo que se agrega, la omisión de no fundamentar de manera precisa y concreta las causas que motivan el recurso de casación, de donde se colige que la textilera recurrente, no obstante de citar algunas disposiciones legales, no precisó de qué manera fueron presuntamente infringidas o aplicadas falsa o erróneamente, menos aún demuestra el error de hecho o de derecho en que se hubiera incurrido en la apreciación de las pruebas