En grado de apelación, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito
+++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++
VISTOS: El recurso de Nulidad y Casación de fs. 44, interpuesto por José Manuel Martínez Ibarra, en representación de Chi Hyun Chung, Director de la Clínica Universitaria UCEBOL, contra el Auto de Vista Nº 177 de 4 de mayo de 2004, cursante a fs. 41, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz de la Sierra, dentro el proceso social seguido por Miriam Deisy Mendoza Miranda contra la entidad recurrente, sobre pago de beneficios sociales, aguinaldo, vacación, sueldos devengados y pago retroactivo del bono de antigüedad, la respuesta de fs. 45B-46, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO: Que planteada la demanda a fs. 6-7 y corridos los trámites del proceso, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, dicta la Sentencia de fs. 28-29 declarando PROBADA la demanda, disponiendo el pago de Bs. 21.705,65 a favor de la demandante, por concepto de desahucio, indemnización, vacaciones, aguinaldo y sueldos devengados.
En grado de apelación, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz de la Sierra, a fs. 41 pronunció auto de vista CONFIRMANDO en parte la sentencia y modificando la cuantía liquidada en primera instancia a Bs. 20.035,25 a emergencia de la exclusión del pago del aguinaldo dispuesto por el juez de primera instancia, fallo que motivó el recurso de nulidad y casación que se pasa a examinar
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- En grado de apelación, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito
- CONSIDERANDO: Que conocido el tenor del recurso en examen, se advierte que el mismo no
- La conclusión anterior, se funda en la comprobación fáctica de los siguientes aspectos
- Agrava la deficiencia del recurso cuando in fine pide que "el superior en grado, en
- La circunstancia anterior, no permite abrir la competencia de este Tribunal a efectos de considerar
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario del profesional abogado en Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
