CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social
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VISTOS: El recurso de casación de fs. 94-95, interpuesto por Carlos Alberto Jimenes Quiroz, contra auto de vista Nº 343 de 12 de junio de 2004 (fs. 91-92) pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; dentro del proceso social seguido por el recurrente contra la Honorable Alcaldía Municipal de Pampa Grande, la respuesta de fs. 97-98, el dictamen fiscal de fs. 101, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió la sentencia Nº 34 de 31 de diciembre de 2003 (fs. 72-74), declarando probada la demanda de fs. 10 y vta., ordenándose a la Honorable Alcaldía Municipal de Pampa Grande, pague a favor del actor, la suma de Bs. 6.150.00.- por concepto de desahucio, indemnización aguinaldo y sueldos devengados
- DISTRITO: Santa Cruz PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 343 de 12 de junio de
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, de la revisión del recurso se colige que el recurrente no cumplió los requisitos
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
