CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, instaurado por el actor al haber trabajado en
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de 83-84, interpuesto por Amparo Ruth Bráñez Ríos, apoderada y abogada de Walter Cazón Segovia, contra el auto de vista de 8 de septiembre de 2004 (fs. 79-80), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija; dentro el proceso social que sigue el recurrente contra la Prefectura del Departamento de Tarija, la respuesta de fs. 86, el dictamen fiscal de fs. 89-90, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, instaurado por el actor al haber trabajado en la Empresa Industrias Bermejo I.A.B., dependiente de la prefectura demandada, la Jueza 2do del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Tarija, emitió sentencia el 12 de abril de 2004 (fs. 54-55), declarando improbada la demanda de fs. 3 y probada la excepción perentoria de prescripción de fs. 34, con costas
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, instaurado por el actor al haber trabajado en
- En grado de apelación, por auto de vista de 8 de septiembre de 2004 (fs
- En el caso de autos, de la revisión del expediente, se establece que al haber
- En la especie, la resolución de la jueza a quo, vulnera el derecho de las
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
