Auto Supremo AS/0015/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0015/2007

Fecha: 18-Ene-2007

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de


Que, en ese marco legal, por lo expuesto precedentemente, este recurso resulta insuficiente y hace inviable la consideración del mismo, porque impide al Máximo Tribunal abrir su competencia.

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en desacuerdo con el Dictamen Fiscal de Fs. 143, y con la atribución contenida en el inc. 1) del Art. 60 de la L.O.J., Arts. 271 num. 1) y 272 num. 2) del Código de Procedimiento Civil, aplicables por mandato del Art. 252 del Cód. Proc. Trab., declara IMPROCEDENTE el recurso de casación de Fs. 133 a 134, con costas