CONSIDERANDO: que en lo referido al tiempo transcurrido desde el inicio del juicio hasta el
CONSIDERANDO: que en lo referido al tiempo transcurrido desde el inicio del juicio hasta el presente han transcurrido mas de cinco años, sin embargo no siendo atribuible la dilación del proceso a los órganos administrativos ni jurisdiccionales como lo establece la abundante, constante y uniforme jurisprudencia nacional en los Autos Supremos Nº 245-E de 13 de junio, 333-E de 31 de agosto y 349-E de 31 de agosto, todos del 2006 años
- PARTES : Ministerio Público c/ Franz Orlando Mollinedo Sandoval
- Asimismo si bien los procesados tiene la facultad de hacer uso de los medios y
- CONSIDERANDO: que en lo referido al tiempo transcurrido desde el inicio del juicio hasta el
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Excma
- Fdo. Dr. Carlos Jaime Villarroel Ferrer
- Dr. Wilfredo Ovando Rojas
- Proveído.- Abog. Sandra Magaly Mendivil Bejarano - Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro de Tomas de Razón a 2/2007
