CONSIDERANDO: Que, los términos expresados en el Auto Supremo No
SALA CIVIL
AUTO COMPLEMENTARIO AL Nº 420 Sucre, 19 de noviembre de 2007
DISTRITO: Chuquisaca PROCESO: Ordinario- Nulidad de declaratoria de herederos.
PARTES: José Pelagio Nava Mercado c/ Javier Francisco Loma Rocha.
MINISTRA RELATORA: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez.
VISTOS: El memorial de complementación y enmienda, presentado por Jorge Lino Laredo en representación de Javier Loma Rocha, en el proceso ordinario seguido por José Pelagio Nava Mercado, y
CONSIDERANDO: Que, los términos expresados en el Auto Supremo No. 420 pronunciado el 18 de octubre 2007, son claros y precisos, no contiene ningún fundamento obscuro que merezca aclaración alguna, por cuanto la nulidad de obrados dispuesta en el referido Auto Supremo deja sin efecto todo lo procesado hasta fs. 226 inclusive
AUTO COMPLEMENTARIO AL Nº 420 Sucre, 19 de noviembre de 2007
DISTRITO: Chuquisaca PROCESO: Ordinario- Nulidad de declaratoria de herederos.
PARTES: José Pelagio Nava Mercado c/ Javier Francisco Loma Rocha.
MINISTRA RELATORA: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez.
VISTOS: El memorial de complementación y enmienda, presentado por Jorge Lino Laredo en representación de Javier Loma Rocha, en el proceso ordinario seguido por José Pelagio Nava Mercado, y
CONSIDERANDO: Que, los términos expresados en el Auto Supremo No. 420 pronunciado el 18 de octubre 2007, son claros y precisos, no contiene ningún fundamento obscuro que merezca aclaración alguna, por cuanto la nulidad de obrados dispuesta en el referido Auto Supremo deja sin efecto todo lo procesado hasta fs. 226 inclusive
- CONSIDERANDO: Que, los términos expresados en el Auto Supremo No
- POR TANTO: NO HA LUGAR a la enmienda y complementación impetrada
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Proveído : Sucre, 19 de noviembre de 2007
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
