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    Auto Supremo AS/0176/2007
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0176/2007

    Fecha: 13-Feb-2007

    POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de


    POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida en el inc. 1) del art. 60 de la L.O.J. y arts. 271-1) y 272-2) del Cód. Pdto. Civ., aplicables por mandato del art. 252 del Cód. Proc. Trab., declara IMPROCEDENTE el recurso de casación de fs. 126-127, con costas
    • DISTRITO: Tarija PROCESO: Social
    • MINISTRO RELATOR: Dr.Juan José González Osio
    • CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social
    • En grado de apelación deducida por ambas partes, por auto de vista 22 de abril
    • CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
    • Que, a este efecto de la revisión del recurso se colige, que el recurrente no
    • Que, en ese marco legal, lo expuesto en el recurso es insuficiente y erróneo, haciendo
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
    • Se regula el honorario profesional, en la suma de Bs
    • Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmado: Dr. Juan José González Osio
    • Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
    • Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.

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