Por otro lado corresponde señalar que el inciso 2) del artículo 196, concordante con el
Por otro lado corresponde señalar que el inciso 2) del artículo 196, concordante con el artículo 276 del Código de Procedimiento Civil, establece que corresponderá al juez, a pedido de parte, corregir cualquier error material o aclarar algún concepto oscuro, suplir cualquier omisión, sin alterar lo sustancial de la resolución; circunstancias estas que en el presente caso no concurren, porque los términos expresados en el Auto Supremo No. 74 de 8 de febrero de 2007, cuya "explicación o complementación" se pretende, son claros y precisos, por lo que no corresponde acoger la solicitud formulada
- DISTRITO : Cochabamba PROCESO: Ordinario -Nulidad de contratos y otros
- MINISTRO RELATOR: Abog. Julio Ortiz Linares
- VISTOS: El memorial de explicación y complementación, y el de solicitud de fotocopias legalizadas
- Por otro lado corresponde señalar que el inciso 2) del artículo 196, concordante con el
- POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de Bolivia, declara no
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado : Abog. Julio Ortiz Linares
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Proveído : Sucre, 5 de marzo de 2007
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
