Por lo que, el recurso, ha sido planteado equivocadamente en su inconsistencia legal y jurídica,
Por lo que, el recurso, ha sido planteado equivocadamente en su inconsistencia legal y jurídica, prescindiendo conceptual y legalmente de la definición de que el recurso de casación constituye una demanda nueva de puro derecho, en la que de acuerdo a la previsión del citado Art. 258-2) del Código de Procedimiento Civil, su interposición debe responder a la exigencia inexcusable de la cita clara, concreta y precisa del folio del expediente, la ley o leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente, especificando en qué consiste la violación, falsedad o error; cualquiera sea la naturaleza jurídica del recurso, ya sea en el fondo, en la forma o en ambos; sin que sea suficiente la relación de aspectos procesales, en la perspectiva del recurrente, sobre incumplimiento de la ley por los de instancia, con la simple mención o señalamiento de normas legales, como sucede en autos, sin el cumplimiento inexcusable antes señalado que, de contrario, constituye el establecimiento por el recurrente de una base legal y jurídica cierta sobre la que pueda o deba este Tribunal pronunciarse en los términos del precitado Art. 258
- AUTO SUPREMO Nº 171 - Social Sucre, 15 de marzo de 2007
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- Auto de vista que motivó el recurso de casación del demandado que se pasa a
- CONSIDERANDO II: Que el recurso de Fs
- Por lo que, el recurso, ha sido planteado equivocadamente en su inconsistencia legal y jurídica,
- Omisiones legales y errores procesales en los que incurre el recurrente por los que no
- Relatora: Ministra Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 15 de marzo de 2007
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
