Auto Supremo AS/0263/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0263/2007

Fecha: 09-Mar-2007

CONSIDERANDO: Que, examinado el proceso conforme al artículo 15 de la Ley de organización Judicial


Sucre, 9 de marzo de 2007

VISTOS: El recurso de casación y/o nulidad de fojas 538 a 540 y vuelta, interpuesto por Félix Marín Rivas, contra el Auto de Vista de fojas 535 y vuelta de fecha 10 de abril de 2003 años, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Respetable Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal que sigue Laura Vargas Vda. de Ibáñez contra el recurrente, por el delito de estelionato, los antecedentes, normas impugnadas, requerimiento fiscal de fojas 547, y

CONSIDERANDO: Que, examinado el proceso conforme al artículo 15 de la Ley de organización Judicial y artículo 278, última parte del Código de Procedimiento Penal, se observa que existen aspectos que afectan al orden público en el Auto de Vista (que confirma la sentencia de primer grado), donde con el argumento de que el procesado ha interpuesto el recurso de apelación al margen del plazo de los tres días de notificado con la sentencia preceptuado por el Art. 284 del Código de Procedimiento penal antiguo, reformado por el Art. 20 de la Ley Nº 1685 de 2 de febrero de 1996, considera que la apelación ha sido presentada extemporáneamente y que el recurso debe ser impuesto dentro el plazo referido, no antes ni después, y que el Tribunal ad quem se ve impedido de ingresar a analizar el fondo del recurso