Fdo. Dr. Carlos Jaime Villarroel Ferrer
POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en observancia del Art. 15 de la Ley de Organización Judicial concordante con el Art. 168 del Código de Procedimiento Penal, con carácter previo, antes de resolver la causa DEVUELVE antecedentes al Tribunal de alzada para que previamente subsane la omisión extrañada.
Regístrese, hágase saber y devuélvase.
Fdo. Dr. Carlos Jaime Villarroel Ferrer
- PARTES : Carlos Eduardo Fuchtner Soruco c/ Ruth Cossio Gálvez
- Uso de instrumento falsificado
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión de los antecedentes del proceso, se advierte que con el
- Fdo. Dr. Carlos Jaime Villarroel Ferrer
- Dr. Wilfredo Ovando Rojas
- Proveído.- Abog. Sandra Magaly Mendivil Bejarano - Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro de Tomas de Razón a 2/2007
