CONSIDERANDO: Que la explicación, complementación y enmienda procede cuando las resoluciones judiciales contienen en lo
PARTES : Jorge Schultze Gutiérrez y otros c/ Julia Elizabeth Schultze Gutiérrez.
MINISTRA RELATORA: Dra. Rosario Canedo Justiniano
VISTOS: La solicitud de explicación y aclaración de fojas 769 a 770 presentada por Rubén Álvarez Rosales por Jorge Schultze Gutiérrez con relación al Auto Supremo Nº 145 de 19 de marzo de 2007 y,
CONSIDERANDO: Que la explicación, complementación y enmienda procede cuando las resoluciones judiciales contienen en lo dispositivo algún concepto o palabra dudosa, aspecto que no ocurre en el caso de autos, ya que los fundamentos que resuelven los recursos de casación en el fondo y en la forma, así como en su parte dispositiva no existen términos oscuros o palabras dudosas: siendo claros y explícitos por lo que no corresponde deferir a lo solicitado
- DISTRITO : Santa Cruz PROCESO: Ordinario - Nulidad de declaratoria de heredera y partida de
- CONSIDERANDO: Que la explicación, complementación y enmienda procede cuando las resoluciones judiciales contienen en lo
- POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación DECLARA
- El Señor Ministro Julio Ortiz Linares, mantuvo su disidencia expresada en el Auto Supremo de
- Acumúlese la presente resolución al expediente principal
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado : Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Proveído : Sucre, 16 de abril de 2007
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
