CONSIDERANDO: El Auto de vista confirma la sentencia apelada, con la modificación que el testamento
PARTES : Apolinar Ochoa Rodríguez c/Ruth Genara Ochoa Rodríguez
MINISTRA RELATORA: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 130 a 131, interpuesto por Ruth Genara Ochoa Rodríguez contra el auto de vista N° 202/2004 de fs. 126, pronunciado el 2 de Agosto de 2004, por la Sala Civil Segunda de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, en el ordinario sobre nulidad de testamento seguido por Apolinar Ochoa Rodríguez contra la recurrente, los antecedentes procesales, y
CONSIDERANDO: El Auto de vista confirma la sentencia apelada, con la modificación que el testamento de fs. 3 a 4, tendrá validez únicamente en lo referido a la disposición de la testadora de su cuota parte disponible a favor de su hija Ruth Genara Ochoa Rodríguez
- DISTRITO : La Paz PROCESO: Ordinario - Nulidad de testamento
- CONSIDERANDO: El Auto de vista confirma la sentencia apelada, con la modificación que el testamento
- Esta resolución es impugnada en casación por la demandada, sin señalar si recurre en el
- CONSIDERANDO: Que, el recurso de casación se halla considerado como una demanda nueva de puro
- Nada de lo exigido ha cumplido la recurrente, cuyo recurso acusa una total orfandad de
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Se regula el honorario de abogado en la suma de bolivianos quinientos que mandará hacer
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Proveído : Sucre, 18 de mayo de 2007
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
