CONSIDERANDO: Que de la revisión de obrados se evidencia que con providencia de fojas 55,
VISTOS EN SALA PLENA: El proceso contencioso administrativo seguido por la Gerencia de Grandes Contribuyentes La Paz del Servicio de Impuestos Nacionales impugnando la Resolución Administrativa STG-RJ/0276/2006 de 3 de octubre de 2006 pronunciada el Superintendente Tributario General, el Informe del Ministro Tramitador Julio Ortiz Linares; y,
CONSIDERANDO: Que de la revisión de obrados se evidencia que con providencia de fojas 55, emitida el 15 de enero de 2007, este Tribunal Supremo admitió la demanda presentada por Ángel Luis Barrera Zamorano Gerente de Grandes Contribuyentes La Paz a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales y que a partir de esa fecha la entidad demandante no se apersonó a instar la prosecución del proceso, carga procesal que le correspondía, pues debía promover los recaudos necesarios para la citación de la autoridad demandada
- PROCESO: Contencioso Administrativo
- PARTES: Gerencia de Grandes Contribuyentes La Paz del Servicio de Impuestos Nacionales contra la Superintendencia
- CONSIDERANDO: Que de la revisión de obrados se evidencia que con providencia de fojas 55,
- Que por mandato del artículo 309 del Código de Procedimiento Civil, la perención de instancia
- Que, en consecuencia, su inactividad procesal por más de seis meses, ha dado lugar a
- POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con
- No intervienen el Presidente Héctor Sandoval Parada y el Ministro Hugo Roberto Suárez Calbimonte por
- Tampoco interviene la Ministra Emilse Ardaya Gutiérrez, por encontrarse con licencia, por motivos de salud
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Sofía Fiengo S.
