2) No obstante, se ingresa a efectuar un análisis del caso, observándose que el auto
2) No obstante, se ingresa a efectuar un análisis del caso, observándose que el auto de vista acertadamente confirma la sentencia de primera instancia, luego de realizar una valoración de los elementos probatorios cursantes en obrados, principalmente en virtud al informe del Asesor Técnico del Juzgado, cursante a fs. 35-37, el mismo que tiene el carácter de auditoria y ciertamente una opinión autorizada en la materia, de cuyo resultado se desprende que el comportamiento fiscal del contribuyente por el desarrollo de sus registros contables y la presentación de sus declaraciones juradas, hace constar que no incurrió en defraudación de impuestos; a cuya conclusión han arribado acertadamente los tribunales de instancia, al emitir sus fallos en la forma resuelta
- DISTRITO: La Paz PROCESO: C. Tributario
- MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez 4to Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de
- En grado de apelación, a instancia de la entidad demandada, por Auto de Vista No
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, analizando si lo denunciado es evidente o no,
- 2) No obstante, se ingresa a efectuar un análisis del caso, observándose que el auto
- Que, en este marco legal, se concluye que lo resuelto por el tribunal de alzada
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
