CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social
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VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 114-115, interpuesto por Milka Rocha Orellana en representación de José Félix Suárez Luna, contra el Auto de Vista de 27 de marzo de 2007 (fs. 109-110) pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial del Beni; dentro del proceso social seguido por Gleydys Saavedra Velasco contra el recurrente en calidad de propietario de Óptica Moderna, la respuesta de fs. 120, los antecedentes del proceso y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Trinidad, emitió la Sentencia Nº 5/07 de 5 de febrero de 2007 (fs. 89-92), declarando probada en parte la demanda de fs. 3 y vta., con costas, ordenando que José Félix Suárez Luna, propietario de Óptica Moderna, pague a favor de la actora la suma de Bs. 9.230,00.-, por concepto de desahucio, indemnización, vacación y subsidios prenatal, natalidad y lactancia
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por Auto de Vista de 27 de marzo de 2007 (fs
- Este fallo motivó el recurso de casación en la forma y en el fondo (fs
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no ha cumplido los
- De tal manera que ambos recursos (tanto en el fondo como en la forma), se
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
