Auto Supremo AS/0236/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0236/2008

Fecha: 13-Oct-2008

POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,


POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de acuerdo con el requerimiento fiscal de fojas 628, en aplicación de la parte final del artículo 315 del Código de Procedimiento Penal, declara NO HA LUGAR a la reiteración de solicitud de extinción de la acción penal solicitada por Manuel Edgar Rada Pérez en el proceso penal seguido contra éste por la Universidad Mayor de San Andrés con imputación por comisión de los delitos de uso de instrumento falsificado, ejercicio indebido de la profesión, abogacía y mandato indebido, uso indebido de influencias, conducta antieconómica, falsedad ideológica