Dicho fallo motivó el recurso de casación materia de la presente resolución
Dicho fallo motivó el recurso de casación materia de la presente resolución:
CONSIDERANDO II:Que analizado el recurso, se advierte que el mismo adolece de serias deficiencias reñidas con la previsión del art. 258-2) del Código de Procedimiento Civil, referida la cita clara, concreta y precisa de la resolución que se recurre, su folio dentro el expediente, la ley o leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente y especificar en qué consiste la violación falsedad o error, ya se trate de recurso de casación en el fondo, en la forma o en ambos, debido a que el recurrente se limitó a una relación de hechos mas bien epistolar, sin acusar, menos citar norma alguna como infringida; más aún, no expresa en qué consiste aquella violación, falsedad o error, para concluir solicitando la casación tanto del auto de vista como de la sentencia, de modo tal que no permite abrir la Competencia de éste Tribunal
- AUTO SUPREMO Nº 620 - Contencioso Tributario Sucre, 12 de diciembre de 2008
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso contencioso tributario, la Jueza Segundo Administrativo Coactivo Fiscal y
- En grado de apelación, la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del
- Dicho fallo motivó el recurso de casación materia de la presente resolución
- Consiguientemente, en el marco de lo expuesto precedentemente, corresponde resolver la causa conforme a lo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 12 de diciembre de 2008
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
