CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez del Trabajo y Seguridad Social de
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 101-102, interpuesto por Wilfredo Condori Urdininea, contra el Auto de Vista Nº 54/2007 de 15 de junio de 2007 (fs. 96-97), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dentro el proceso social que sigue Santiago Gómez Bautista contra la Empresa Minera "San Silvestre", la respuesta de fs. 105, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Potosí, emitió la Sentencia Nº 17/2007 de 12 de mayo de 2007 (fs. 70-76), declarando probada la demanda en forma parcial, ordenando a Wilfredo Condori Urdininea, pague a favor del actor, la suma de Bs. 25.741,00, por concepto de indemnización, desahucio, sueldos devengados, aguinaldo y vacaciones
- DISTRITO: Potosí PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez del Trabajo y Seguridad Social de
- En grado de apelación deducido por la parte demandada, por Auto de Vista Nº 54/2007
- Que contra el auto de vista, el representante legal de la empresa demandada, interpone recurso
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del tribunal supremo, el recurso de casación es
- Que, de la revisión del recurso, se colige que la recurrente no cumplió los requisitos
- Que el argumento del recurso referido a un supuesto abandono del trabajo por parte del
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Sucre, 29 de marzo de 2008
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
