En grado de apelación, deducida por la entidad demandada, la Sala Social y Administrativa Primera
En grado de apelación, deducida por la entidad demandada, la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz emitió el Auto de Vista Nº 060/04-SSAI de 12 de marzo de 2004, cursante a fs. 123, revocando en parte la sentencia y disponiendo el pago de sueldos devengados desde la fecha de su retiro hasta la fecha de la emisión de la Resolución 27/01 sin lugar a la reincorporación
- AUTO SUPREMO Nº 415 - Social Sucre, 10 de septiembre de 2008
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, deducida por la entidad demandada, la Sala Social y Administrativa Primera
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
