Apelada esta sentencia a Fs
DISTRITO: Tarija
PARTES: Sigfredo Pereira Mamani c/ SEDECA - Tarija
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VISTOS: El recurso de casación de Fs. 122 interpuesto por Abel Vaca Saracho y Oriel Jaramillo Fernández, como apoderados legales de Sigfredo Pereira Mamani, del Auto de Vista de Fs. 119-120 dictado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Tarija, en el proceso laboral sobre reconocimiento y pago de reintegro de bono de antigüedad, seguido por el recurrente con el Servicio Departamental de Caminos, Sedeca, dependiente de la Prefectura del Departamento de Tarija; sus antecedentes, lo alegado por las partes, el Dictamen Fiscal de Fs. 127-128, y
CONSIDERANDO I: Que, la Juez Segunda del Trabajo y Seguridad Social de Tarija, en conocimiento del proceso, emitió la Sentencia de Fs. 67-68 por la que declara improbada la demanda de Fs. 21-22 y probada la excepción de prescripción opuesta por la entidad demandada a Fs. 38-39; con costas.
Apelada esta sentencia a Fs. 105 por los apoderados legales del actor, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de ese Distrito, en alzada, por Auto de Vista de Fs. 119-120, la confirma totalmente
- AUTO SUPREMO Nº 444 - Social Sucre,18 de septiembre de 2008
- Apelada esta sentencia a Fs
- CONSIDERANDO II: Que, este recurso, a Fs
- Que, de la anterior relación se concluye en definitiva, la inexistencia de una fundamentación legal
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
