En este sentido y de la revisión de antecedentes, se tiene que la convocatoria a
En este sentido y de la revisión de antecedentes, se tiene que la convocatoria a la Ministra Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez, se reduce a conocer la demanda de recusación planteada por Abraham Cuellar Araujo contra el Magistrado Dr. José Luís Baptista Morales, mediante memorial de 28 de octubre de 2008 de fs 2 a 3, dentro del juicio de responsabilidades iniciado por el Fiscal General de la República por supuestos hechos referidos a Genocidio, de modo que la Ministra mencionada no estará a cargo del proceso principal ni se pronunciará de forma alguna sobre el fondo del mismo, puesto que sólo está llamada a resolver la recusación de uno de los Magistrados que - en su caso - resolverán el asunto principal, asimismo y como reconoce la propia Ministra en su excusa, se tiene que antecedentemente se limitó ha conocer de una anterior demanda de recusación presentada por el mismo recusante y que coincidentemente fue planteada contra uno de los actuales recusados, consiguientemente no importa a efectos de la causal de excusa invocada por la Ministra referida, el hecho de que la actual demanda de recusación contenga similares argumentos que la anterior, pues tal causal esta supeditada al conocimiento del proceso principal en sus diferentes etapas y recursos
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