SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 42/2009
EXP. N°: 482/2008
PROCESO: Contencioso Administrativo
PARTES: Roxana Flores Condori c/ Superintendente General a.i. del Servicio Civil
FECHA: 06 de febrero de 2009
___________________________________________________________________
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa planteada por Roxana Flores Condori contra la Superintendencia del Servicio Civil, en la que impugna la Resolución Administrativa SSC-065/2007 pronunciada el 9 de noviembre de 2007 por el Superintendente del Servicio Civil, los antecedentes del proceso, el informe de la Ministra Tramitadora Rosario Canedo Justiniano; y
CONSIDERANDO: Que de los antecedentes procesales se evidencia que mediante providencia de fojas 29, se otorgó a la demandante el plazo de diez días, computables desde su notificación, para que presente copia legalizada de la resolución impugnada y su correspondiente notificación, proveído notificado el 15 de agosto de 2008 en Secretaría de Cámara de Sala Plena conforme consta en la diligencia de fojas 30, sin que hubiera dado cumplimiento a lo ordenado, correspondiendo aplicar la sanción prevista por la última parte del artículo 333 del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: LA Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, tiene POR NO PRESENTADA la demanda de fojas 21 a 26, disponiendo el archivo de obrados.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
Firmado
Presidente: Eddy Walter Fernández Gutiérrez
Héctor Sandoval Parada
Jaime Ampuero García
Héctor Sandoval Parada
Emilse Ardaya Gutiérrez
Beatriz Sandoval de Capobianco
Julio Ortiz Linares
José Luis Baptista Morales
Ángel Irusta Pérez
Hugo R. Suárez Calbimonte
Teófilo Tarquino Mújica
Secretaria: Sofía L. Fiengo Sotés
AUTO SUPREMO: 42/2009
EXP. N°: 482/2008
PROCESO: Contencioso Administrativo
PARTES: Roxana Flores Condori c/ Superintendente General a.i. del Servicio Civil
FECHA: 06 de febrero de 2009
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VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa planteada por Roxana Flores Condori contra la Superintendencia del Servicio Civil, en la que impugna la Resolución Administrativa SSC-065/2007 pronunciada el 9 de noviembre de 2007 por el Superintendente del Servicio Civil, los antecedentes del proceso, el informe de la Ministra Tramitadora Rosario Canedo Justiniano; y
CONSIDERANDO: Que de los antecedentes procesales se evidencia que mediante providencia de fojas 29, se otorgó a la demandante el plazo de diez días, computables desde su notificación, para que presente copia legalizada de la resolución impugnada y su correspondiente notificación, proveído notificado el 15 de agosto de 2008 en Secretaría de Cámara de Sala Plena conforme consta en la diligencia de fojas 30, sin que hubiera dado cumplimiento a lo ordenado, correspondiendo aplicar la sanción prevista por la última parte del artículo 333 del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: LA Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, tiene POR NO PRESENTADA la demanda de fojas 21 a 26, disponiendo el archivo de obrados.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
Firmado
Presidente: Eddy Walter Fernández Gutiérrez
Héctor Sandoval Parada
Jaime Ampuero García
Héctor Sandoval Parada
Emilse Ardaya Gutiérrez
Beatriz Sandoval de Capobianco
Julio Ortiz Linares
José Luis Baptista Morales
Ángel Irusta Pérez
Hugo R. Suárez Calbimonte
Teófilo Tarquino Mújica
Secretaria: Sofía L. Fiengo Sotés