Auto Supremo AS/0171/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0171/2009

Fecha: 20-May-2009

CONSIDERANDO: Que de la revisión de obrados se evidencia que con providencia de fojas 66,


VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa presentada por la Compañía Industrial Azucarera "San Aurelio" S.A. representada por Ramón Aurelio Gutiérrez Sosa, por la que impugna la Resolución Administrativa Nº 115/2008 de fecha 28 de febrero de 2008, pronunciada por el Ministro de Trabajo, el informe del Ministro Tramitador Ángel Irusta Pérez y;

CONSIDERANDO: Que de la revisión de obrados se evidencia que con providencia de fojas 66, emitida el 8 de septiembre de 2008, este Tribunal Supremo admitió la demanda presentada y que a partir de esa fecha el demandante no se apersonó a instar la prosecución del proceso, carga procesal que le correspondía; en consecuencia, en inactividad procesal por más de seis meses, ha dado lugar a la perención prevención prevista por el parágrafo I del artículo 309 del Código de Procedimiento Civil