Auto Supremo AS/0205/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0205/2009

Fecha: 01-Jun-2009

SALA PLENA

AUTO SUPREMO: 205/2009

EXP. N°: 226/2008

PROCESO: Contencioso Administrativo

PARTES: Mario Eduardo Franco Vacadolz contra el Director General Ejecutivo del Servicio Nacional de Propiedad Intelectual.

FECHA: 1 de junio de 2009.

VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa presentada por Mario Eduardo Franco Vacadolz, por la que impugna la Resolución Administrativa R.A. Nº J-050/07 de 17 de diciembre de 2007, pronunciada por el Director General Ejecutivo del Servicio Nacional de Propiedad Intelectual, el informe del Ministro Tramitador José Luis Baptista Morales y;

CONSIDERANDO: Que de la revisión de obrados se evidencia que con providencia de fojas 35, emitida el 2 de mayo de 2008, este Tribunal Supremo admitió la demanda presentada y que a partir de esa fecha el demandante no se apersonó a instar la prosecución del proceso, carga procesal que le correspondía; en consecuencia, su inactividad procesal por más de seis meses, ha dado lugar a la perención prevista por el parágrafo I del artículo 309 del Código de Procedimiento Civil.

POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución conferida por el numeral 1) del artículo 4 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA la perención por abandono.

Regístrese, notifíquese y cúmplase.

Firmado

Ministros: Beatriz Sandoval de Capobianco

Julio Ortiz Linares

Rosario Canedo Justiniano

José Luís Baptista Morales

Ángel Irusta Pérez

Hugo R. Suárez Calbimonte

Teófilo Tarquino Mújica

Secretaria: Sofía L. Fiengo Sotés
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