CONSIDERANDO: que la mencionada excusa ha sido formulada en sentido de haber intervenido en el
CONSIDERANDO: que la mencionada excusa ha sido formulada en sentido de haber intervenido en el mismo proceso como Juez..., empero debemos comprender que, si bien es cierto este extremo, no es menos cierto que también es como consecuencia de la Resolución de la Sala Penal de la Corte Superior de Chuquisaca, que CONCEDE la tutela solicitada en Recurso de Amparo Constitucional interpuesta por Nelly Cruz Castro, DEJANDO SIN EFECTO el Auto Supremo 259 de 12 de marzo de 2009 y todos los actuados posteriores; y que las autoridades demandadas emitan un nuevo Auto Supremo sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del recurso de casación, subsanando lo observado, sin esperar turno ni nuevo sorteo
- VISTOS: la excusa formulada por el doctor José Luís Baptista Morales, que consta a folios
- CONSIDERANDO: que la mencionada excusa ha sido formulada en sentido de haber intervenido en el
- POR TANTO: se declara ILEGAL la excusa formulada por el Ministro doctor José Luís Baptista
- Regístrese
- Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 2/2009
