CONSIDERANDO: que la solicitud de referencia, según información proporcionada por la Dirección General de Asuntos
CONSIDERANDO: que la solicitud de referencia, según información proporcionada por la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la República Argentina, tuvo origen en los siguientes antecedentes: 1.- De la unión de Roberto Carlos Castelo Gareca (argentino) y de Karla Karina Albarado Rojas (boliviana), nació en la ciudad de Buenos Aires el 19 de octubre de 2007 la niña Aylen Abigail Castelo Albarado. 2.- Ante pedido de la madre de hacer con su hija un viaje a Bolivia sólo por un mes, el padre concedió bajo ese compromiso la autorización respectiva. 3.- Poco tiempo después, telefónicamente, ella le informó que decidió quedarse definitivamente en Bolivia y pidió que él olvide a su hija. 4.- Se indicó que es posible que madre e hija se encuentren en Tolata (Provincia de Cliza del Departamento de Cochabamba), lugar de nacimiento de la madre
- PARTES: Remitido por el Consulado General de la República Argentina en La Paz, "Restitución de
- FECHA: 13 de agosto de 2009
- VISTOS EN SALA PLENA: la nota de 4 de agosto de 2008 remitida por el
- CONSIDERANDO: que la solicitud de referencia, según información proporcionada por la Dirección General de Asuntos
- Que habiéndose recibido el petitorio respectivo en esta Corte Suprema de Justicia, se determinó, mediante
- Que la representante en Sucre de esa entidad, mediante nota de 3 de febrero del
- Que en aplicación de lo establecido en la Convención Interamericana sobre Restitución Internacional de Menores
- POR TANTO: la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en
- Por Secretaría de Cámara remítase una copia del presente Auto Supremo al Consulado de la
- No interviene el doctor Eddy Walter Fernández Gutiérrez por haberse dispuesto su suspensión por la
- Regístrese, comuníquese y cúmplase
- Secretaria: Sofía L. Fiengo Sotés
