Que el Decreto Supremo número 29783 de 12 de noviembre de 2008 regula los cobros
VISTOS EN SALA PLENA: la demanda contencioso-administrativa presentada en forma conjunta el 23 de enero de 2009 por Edwin Rojas Tordoya, Presidente del Colegio Nacional de Abogados de Bolivia, por Fernando Cuellar Núñez, Presidente del Colegios de Abogados de Santa Cruz y por Bernardo Antonio Wayar Caballero, Presidente del Colegio de Abogados de La Paz; el Informe del Ministro tramitador; y
Que el Decreto Supremo número 29783 de 12 de noviembre de 2008 regula los cobros de los Colegios Departamentales de Abogados de los nueve Distritos Judiciales por concepto de obligaciones ordinarias y extraordinarias, y hace referencia a la función social de los Colegios Departamentales de Abogados en la concepción de gratuidad de la Justicia. Al respecto, los impetrantes solicitaron que esta Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia disponga la nulidad o declare la anulación de dicho Decreto. Ese Decreto fue retirado del ordenamiento jurídico debido a expresa abrogación efectuada por el Decreto Supremo 0100 de 2009 de abril de 2009
- AUTO SUPREMO: 244/2010
- PARTES Colegio Nacional de Abogados de Bolivia y otros. c/ Presidente de Bolivia y Ministros
- FECHA: 24 de noviembre de 2010
- Que el Decreto Supremo número 29783 de 12 de noviembre de 2008 regula los cobros
- Que el Decreto Supremo 0100 de 29 de abril de 2009 promueve el ejercicio libre
- CONSIDERANDO: que en atención a que el principal argumento expuesto en esos petitorios para impugnación
- POR TANTO: la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, se declara INCOMPETENTE para
- No intervienen, la Ministra Rosario Canedo Justiniano, por suspensión dispuesta por la Cámara de Diputados
- Tampoco el Señor Presidente Jorge Isaac von Borries Méndez por encontrarse momentáneamente ausente
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
- Ramiro José Guerrero Peñaranda
- Ricardo A. Medina Stephens
- Secretario de Cámara.
