VISTOS: El recurso de casación en el fondo y la forma interpuesto por Filiberto Laca
VISTOS: El recurso de casación en el fondo y la forma interpuesto por Filiberto Laca Tola de fs. 487 a 490, contra el Auto de Vista Nº 146 de 24 de septiembre de 2008, pronunciado por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, en el proceso sobre nulidad de documentos de compra venta seguido por el recurrente y otros, contra Ciro Heredia Peña y otros, las respuestas de fs. 495 a 497 vlta. y 499 a 501, los antecedentes procesales; y:
CONSIDERANDO: Que, el Juez de Partido Segundo en lo Civil de la ciudad de Oruro pronunció la Sentencia Nº 309 de 20 de marzo de 2008 (fs. 390 a 396), declarando probada la demanda e improbadas la reconvención y las excepciones perentorias de impersonería de los demandantes, de oscuridad, contradicción e imprecisión en la demanda y de falta de acción y derecho; en cuyo merito, nulas las escrituras públicas objeto de litigio y sus respectivos registros en Derechos Reales; sin costas
CONSIDERANDO: Que, el Juez de Partido Segundo en lo Civil de la ciudad de Oruro pronunció la Sentencia Nº 309 de 20 de marzo de 2008 (fs. 390 a 396), declarando probada la demanda e improbadas la reconvención y las excepciones perentorias de impersonería de los demandantes, de oscuridad, contradicción e imprecisión en la demanda y de falta de acción y derecho; en cuyo merito, nulas las escrituras públicas objeto de litigio y sus respectivos registros en Derechos Reales; sin costas
- Auto Supremo: Nº 404 Sucre: 22 de Noviembre de 2010
- Expediente: Nº 54 - 08 - S
- Distrito:Oruro
- Ministro Relator: Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo y la forma interpuesto por Filiberto Laca
- En grado de apelación, la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial
- CONSIDERANDO: Que, el demandante Filiberto Laca Tola en su "recurso de casación en el fondo
- CONSIDERANDO: Que, del análisis y cotejo del "recurso de casación en el fondo y la
- POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 2/2010
