CONSIDERANDO: Que del análisis de lo solicitado, se tiene lo siguiente
CONSIDERANDO: Que del análisis de lo solicitado, se tiene lo siguiente:
1.- Respecto del primer punto, el auto supremo objeto de análisis, en el primer punto del segundo considerando aclaró que, conforme a la normativa vigente, no puede impugnarse vía Contencioso Tributaria una resolución que fue impugnada en la vía administrativa, pues ésta para ser sometida en el control de legalidad, debe ser impugnada en un Proceso Contencioso Administrativo
- PARTES: Fábrica de Mermeladas y Caramelos Watt's CASAL Ltda
- MINISTRO RELATOR: Esteban Miranda Terán
- CONSIDERANDO: Que el apoderado de la empresa demandante, por memorial de fs
- Razones por las que considera que ninguno de los actos administrativos referidos tienen la calidad
- 2
- CONSIDERANDO: Que del análisis de lo solicitado, se tiene lo siguiente
- 3
- POR TANTO: La Sala Social Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Al Otrosí.- Tenga presente el señor Oficial de Diligencias de la Sala
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
