También, se establece que en el desarrollo de la investigación, la Sala Penal Primera de
También, se establece que en el desarrollo de la investigación, la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, fue la encargada de ejercer 'control jurisdiccional', precautelando que la investigación se desarrolle observando el sistema de garantías reconocido por la Constitución Política del Estado, las Convenciones y Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos y las normas del Código de Procedimiento Penal previstos en los artículos 54 inciso 1) y 279, por ello, los sujetos procesales en la presente investigación tuvieron a su alcance los medios legales respecto a la garantía de sus derechos humanos fundamentales, tal como se colige de fojas 1 a 190 de obrados
- CONSIDERANDO: que la revisión de antecedentes, se evidencia que la acción penal fue ejercida a
- También, se establece que en el desarrollo de la investigación, la Sala Penal Primera de
- CONSIDERANDO: que la Constitución, por ser norma suprema del Estado Plurinacional a diferencia de las
- En consecuencia, constando la inacción procesal del presente caso y no habiéndose reabierto el mismo
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en uso de
- Regístrese, hágase saber y archívese
- Fdo. Dra. Ana María Forest Cors
- Dr. Jorge Monasterio Franco
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro de Tomas de Razón 4/2010
