Auto Supremo AS/0649/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0649/2010

Fecha: 13-Dic-2010

CONSIDERANDO: que la Constitución, por ser norma suprema del Estado Plurinacional a diferencia de las


DELITO: Uso indebido de influencias y Otros. (Declara el Archivo)

VISTOS: dentro del anuncio de inicio de investigación seguido por el Ministerio Público a proposición acusatoria de Arturo Murillo Prijic, contra Alicia Muñoz Ala, ex Ministra de Gobierno, por la presunta comisión de los delitos de uso indebido de influencias, negociaciones incompatibles con el ejercicio de sus funciones públicas, concusión, falsedad material, uso de instrumento falsificado, contratos lesivos al Estado, previstos y sancionados por los artículos 146, 150, 151, 198, 203 y 221 del Código Penal; y, contra José Luís Muñoz, por los delitos de falsedad material, uso de instrumento falsificado, contratos lesivos al Estado y complicidad con relación al delito de uso indebido de influencias, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas y concusión, previstos y sancionados por los artículos 198, 203, 221, 23 con relación a los artículos 146, 150 y 151 del Código Penal; y, contra Nicole Polglase por complicidad en los delitos de uso indebido de influencias, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, concusión, falsedad material, uso de instrumento falsificado y contratos lesivos al Estado, previstos y sancionados por el artículo 23 con relación a los artículos 146, 150, 151, 198, 203 y 221, todos del Código Penal, la resolución fiscal de rechazo de fojas 38 a 50, los antecedentes; y,

CONSIDERANDO: que la Constitución, por ser norma suprema del Estado Plurinacional a diferencia de las demás normas del ordenamiento jurídico, tiene dos cualidades esenciales, la primera, su operatividad en el tiempo, principio a partir del cual se articula su segunda cualidad, referente a su aplicación inmediata a todas las situaciones existentes y pendientes de resolución; y, a partir de estas dos cualidades esenciales de la Constitución Plurinacional, se establece otro principio fundamental, el de irradiación de esta norma Suprema que informa, integra y sistematiza a todo el cuerpo normativo existente. En autos, consta que en el desarrollo de la investigación, la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, fue la encargada de ejercer el control jurisdiccional, en el caso de autos precautelando que la investigación se desarrolle observando el sistema de garantías reconocidos por la Constitución Política del Estado, las Convenciones y Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos y las normas del Código de Procedimiento Penal conforme señala el art. 393