Que, corridos los trámites correspondientes y, a la conclusión de la etapa investigativa, el Ministerio
Que, corridos los trámites correspondientes y, a la conclusión de la etapa investigativa, el Ministerio Público por resolución fiscal de fojas 25 a 28 de 10 de octubre de 2008, se determina de manera -textual- "rechazar la proposición acusatoria interpuesta por Oscar Javier Urenda Aguilera contra José Luís Exeni Rodríguez y Amalia Oporto de Iriarte, Vocales de la Corte Nacional Electoral, por la supuesta comisión de los delitos de resoluciones contrarias a la Constitución y las Leyes y uso indebido de influencias, previstos y sancionados en los artículos 153 y 146 del Código Penal". Asimismo, por memorial de fojas 32, el fiscal de recursos pide el archivo de obrados
- CONSIDERANDO: que la Constitución, por ser norma suprema del Estado Plurinacional a diferencia de las
- Que, corridos los trámites correspondientes y, a la conclusión de la etapa investigativa, el Ministerio
- En consecuencia, constando la conclusión del caso sometido a investigación y ante la nueva realidad
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con
- Regístrese hágase saber y archívese
- Fdo. Dra. Ana María Forest Cors
- Dr. Jorge Monasterio Franco
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro de Tomas de Razón 4/2010
