CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
DISTRITO: Santa Cruz
PARTES: Freddy Condori Choque c/ Tito Calderón Quispe
VISTOS: El recurso de casación de fs. 49-50, interpuesto por Tito Calderón Quispe, impugnando el Auto de Vista Nº 498 de 1° de noviembre de 2006, cursante a fs. 46, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso social que sigue Freddy Condori Choque, la respuesta de fs. 52-53, el auto que concede el recurso de fs. 54, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, emitió la Sentencia Nº 62 de 12 de junio de 2006, cursante a fs. 28-29, declarando probada la demanda del actor, con costas. Disponiendo que el demandado Tito Calderón Quispe, cancele a Freddy Condori Choque, la suma de Bs. 5.653,32 por concepto de beneficios sociales conforme la liquidación inserta a fs. 29 vta
- AUTO SUPREMO Nº 666 Social Sucre, 14 de diciembre de 2010
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación formulada por la parte demandada, la Sala Social y Administrativa de
- Que contra la resolución de vista, Tito Calderón Quispe, formula el recurso de casación que
- CONSIDERANDO II: Que conforme ha establecido este Tribunal en numerosos fallos y de manera uniforme,
- En la especie, el recurso interpuesto por el demandado, no cumple con la técnica recursiva
- Consiguientemente, no estando cumplidas las formalidades previstas por el art
- En mérito a lo expuesto, corresponde observar la disposición contenida en el art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Sucre, 14 de noviembre de 2010
- Proveído: Sandra Magaly Mendivil B. Secretaria de Cámara.
