POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, declara
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, declara ILEGAL la excusa formulada por el Ministro José Luís Baptista Morales con los efectos previstos por el párrafo tercero del artículo 318 del Código de Procedimiento Penal
- PARTES Fiscal General de la Republica c/ Senadores de la Republica Fernando Rodríguez Calvo, Tomasa
- CONSIDERANDO: Que el doctor José Luís Baptista Morales en la reunión de Sala Plena de
- Que de la revisión del expediente se tiene que el presente proceso es seguido por
- POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, declara
- No intervienen la señora Decana Beatriz Sandoval de Capobianco y el Ministro Hugo R
- No intervienen el Conjuez Edgar Rück Arzabe por excusa declarada legal
- Regístrese y comuníquese
- Secretaria: Sofía L. Fiengo Sotés
