POR TANTO: la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de sus
POR TANTO: la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de sus atribuciones, dispone que se corra TRASLADO de ese petitorio a la demandante con sujeción a la regla establecida sobre el particular por el artículo 338 del Código de Procedimiento Civil, postergándose en consecuencia hasta después de esa fase el tratamiento del memorial de respuesta a la demanda que presentó el demandado el 6 de octubre de 2009 (fojas 70 a 71)
- PROCESO: Contencioso Administrativo
- PARTES Empresa DBU S
- FECHA: 29 de abril de 2010
- VISTOS EN SALA PLENA: el memorial de 16 de abril de 2009 (fojas 25 a
- CONSIDERANDO: que para los fines de emisión de la resolución pertinente, se cuenta con los
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- POR TANTO: la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de sus
- No firman el Presidente Julio Ortiz Linares por encontrarse en comisión oficial, los ministros Esteban
- No interviene la Ministra Rosario Canedo Justiniano por suspensión dispuesta por el Congreso Nacional
- Regístrese
- Ministros: José Luis Baptista Morales
- Ángel Irusta Pérez
- Hugo R. Suárez Calbimonte
- Teófilo Tarquino Mújica
- Jorge Monasterio Franco
- Ramiro José Guerrero Peñaranda
- Secretaria: Sofía L. Fiengo Sotés.
