4
4.- Los argumentos expuestos por el impetrante como fundamento de ese recurso, corresponden al siguiente detalle: a) El fallo fue dictado con infracción de la regla sobre valoración de la prueba establecida por el artículo 135 del Código de Procedimiento Penal de 1972, pues se apreciaron como convincentes las declaraciones de vendedoras del mercado, compañeras de la persona fallecida, y la de la niña de siete años de edad cuyo testimonio no debía ser captado como verosímil; b) Hubo atentado contra el derecho a la defensa, por haberse negado la posibilidad de una necropsia ante dudas expuestas sobre una correcta realización de la autopsia
- Partes: Ministerio Público c/ Max Toribio Alarcón Machuca y Nicolasa Gallegos Gonzáles
- Delitos: Homicidio
- VISTOS: el recurso de casación interpuesto el 12 de febrero de 2003 por Max Toribio
- CONSIDERANDO: que para los fines de emisión de la resolución que al respecto corresponda, se
- 2
- 3
- 4
- 5
- 6
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Firmado
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
