CONSIDERANDO II: Que, antes de analizar el contenido de fondo del recurso, conviene recordar que
CONSIDERANDO II: Que, antes de analizar el contenido de fondo del recurso, conviene recordar que este recurso se equipara a una demanda nueva de puro derecho que para su consideración debe cumplir ciertos requisitos de inexcusable cumplimiento, bajo pena de ser tenido como improcedente, conforme establecen las normas contenidas en los arts. 258-2) y 272-2) ambos del Código de Procedimiento Civil. Específicamente, el recurrente, debe citar en términos claros, concretos y precisos, entre otros, la ley o leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente y especificar en qué consiste la violación, falsedad o error, ya se trate de recurso de casación en el fondo, en la forma o en ambos
- AUTO SUPREMO Nº 384 Social Sucre, 19 de agosto de 2010
- PARTES: Vicente Juchani Aduviri c/ Empresa PROINSA Ltda. Industria Gráfica S.R.L
- CONSIDERANDO I: Que, interpuesta la demanda a fs
- CONSIDERANDO II: Que, antes de analizar el contenido de fondo del recurso, conviene recordar que
- En ese entendido, se advierte que en el caso presente, el memorial de recurso de
- Por lo demás el recurso de fs
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Sucre, 19 de agosto de 2010
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz P. Secretaria de Cámara en suplencia legal.
