CONSIDERANDO: que en el sub lite, queda claro la existencia de un juez penal competente
SALA PENAL PRIMERA
Auto Supremo: No. 163
Fecha : Sucre, 16 de marzo de 2011
Expediente : Nro. 08/09
Distrito : Chuquisaca
VISTOS: los antecedentes con relación al Auto Supremo Nº 696 de 21 de diciembre de 2010 cursante de fojas 95 y vuelta; y,
CONSIDERANDO: que en el sub lite, queda claro la existencia de un juez penal competente para el control de la investigación, entre otras cosas, de la legalidad de los actuados investigativos, que constituye uno de los pilares fundamentales de la justicia valor supremo que se erige para salvaguardar los derechos humanos fundamentales, combinada al mismo tiempo con una sana y correcta administración de justicia, salvaguardando los actos investigativos y procesales efectuados en la presente litis cuyos actuados se mantienen firmes e incólumes, y es imperioso observarse los alcances del artículo 46 del Código de Procedimiento Penal
Auto Supremo: No. 163
Fecha : Sucre, 16 de marzo de 2011
Expediente : Nro. 08/09
Distrito : Chuquisaca
VISTOS: los antecedentes con relación al Auto Supremo Nº 696 de 21 de diciembre de 2010 cursante de fojas 95 y vuelta; y,
CONSIDERANDO: que en el sub lite, queda claro la existencia de un juez penal competente para el control de la investigación, entre otras cosas, de la legalidad de los actuados investigativos, que constituye uno de los pilares fundamentales de la justicia valor supremo que se erige para salvaguardar los derechos humanos fundamentales, combinada al mismo tiempo con una sana y correcta administración de justicia, salvaguardando los actos investigativos y procesales efectuados en la presente litis cuyos actuados se mantienen firmes e incólumes, y es imperioso observarse los alcances del artículo 46 del Código de Procedimiento Penal
