Auto Supremo AS/0419/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0419/2012

Fecha: 07-Nov-2012

SALA PENAL LIQUIDADORA

AUTO SUPREMO Nº: 419/2012 Fecha: Sucre, 07 de noviembre de 2012

Expediente: 53/11

Distrito : Santa cruz

Partes: Ministerio Público y Zenón Pedro Patiño Berdeja contra Clover Saavedra Coimbra y Efrén Rojas Cuellar

Delito: Robo agravado

: Desistimiento

 

VISTOS:

El Desistimiento del Recurso de Casación formulado por Clover Saavedra Coimbra, mediante memorial de fs. 274., dentro de proceso penal seguido por el Ministerio Público y Zenón Pedro Patiño Berdeja contra Clover Saavedra Coimbra y Efrén Rojas Cuellar, por la comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado por el artículo 332 inc. 1 y 2 con relación al art. 20 del Código Penal.

CONSIDERANDO I:

Que, Clover Saavedra Coimbra interpuso Recurso de Casación de 28 de septiembre de 2012 cursante a fs.266 a 267 vta., impugnando el Auto de Vista Nº 19/2011 de 10 de febrero, dictado por la Sala Penal Primera del Distrito Judicial de Santa Cruz, en el proceso seguido por el Ministerio Público y otro contra la recurrente y otro por la comisión del delito de Robo agravado.

Que, el Impetrante Clover Saavedra Coimbra, mediante memorial de 28 de septiembre del año curso, señala, que al presente desiste del Recurso de Casación que dedujo, petición realizada al amparo del art. 24 de la Constitución Política del Estado, para que se proceda conforme a derecho respecto de la Sentencia de primera instancia para poder obtener algún beneficio a futuro.

Que, conforme prevé el art. 396 num. 2) del Código de Procedimiento Penal, los Recursos reconocidos por el sistema procesal penal podrán ser desistidos por la parte que los haya interpuesto, sin perjudicar a los demás recurrentes o a los que oportunamente se hayan adherido.

CONSIDERANDO II

Que, según Informe evacuado por la Secretaria de Sala se evidencia que además del Recurso interpuesto por Clover Saavedra Coimbra, cursa en obrados otro Recurso de Casación interpuesto por Efrén Rojas Cuellar en fecha 02 de marzo de 2011 a fs.258 vta,

POR TANTO:

La Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, de acuerdo con la facultad conferida por la Disposición Transitoria Octava de la Ley del Órgano Judicial, art. 8-II) de la Ley Nº 212, aplicando el num. 2) del art. 396 del Código de Procedimiento Penal, ACEPTA el Desistimiento del Recurso de Casación interpuesto por Clover Saavedra Coimbra, en el proceso penal seguido en su contra y otro por el Ministerio Público y Zenón Pedro Patiño Berdeja,, por la comisión del delito de Robo agravado, debiendo proseguirse con la tramitación del Recurso de Casación interpuesto por Efrén Rojas Cuellar.

Regístrese y notifíquese.

Fdo. Ma. Lourdes Bustamante R.

Fdo. Silvana Rojas Panoso

Fdo. William E. Alave Laura

Proveído.- Angélica Sánchez Rojas Secretaria de Cámara de la Sala Penal Liquidadora

Libro Tomas de Razón 2/2012
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