SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 35/2012.
EXP. N°: Exp. 191/2009.
PROCESO: Contencioso Administrativo.
PARTES: Fundación Acción Cultural (ACLO) Potosí c/ Superintendencia Tributaria General (Autoridad General de Impugnación Tributaria).
FECHA: Sucre, seis de marzo de dos mil doce.
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa interpuesta por la Fundación Acción Cultural (ACLO) Potosí, representada por Vincent J. Nicolas impugnando Resolución de Recurso Jerárquico STG-RJ/0032/2009 de fecha 20 de enero de 2009, pronunciada por el Superintendente Tributario General Interino; el informe de la Magistrada Tramitadora Rita Nava Duran; y
CONSIDERANDO: Que planteada por el actor la demanda de fojas 22 a 26; por proveído de fecha 14 de mayo del 2009 de fojas 29, se admite la demanda contencioso administrativa, disponiendo el traslado al Superintendente Tributario General para que responda dentro del término de ley.
Que la demanda fue modificada a fojas 35 y que aceptada esta modificación a la demanda, se notifico a la parte demandante en fecha 19 de febrero del 2010, el proveído de dicha modificación.
Que desde la fecha de notificación con la modificación de la demanda, la parte demandante, no se apersono a instar la prosecución del proceso.
Que a la fecha ha operado la perención de instancia por abandono de la acción por el término de 6 meses, previsto en el art. 309.I del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia de conformidad al art. 4.1) y art. 309.I del Código de Procedimiento Civil, DECLARA la perención de instancia por abandono de la acción. Con costas.
No intervienen la Magistrada Maritza Suntura Juaniquina y el Magistrado Rómulo Calle Mamani por encontrase de viaje oficial.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
PRESIDENTE
Jorge I. von Borries Méndez
DECANO
Antonio Campero Segovia
MAGISTRADO
Pastor Segundo Mamani Villca
MAGISTRADO
Rita Susana Nava Durán
MAGISTRADA
Norka N. Mercado Guzmán
MAGISTRADA
Fidel Marcos Tordoya Rivas
MAGISTRADO
Darwin Vargas Vargas
Secretario de Sala Plena
AUTO SUPREMO: 35/2012.
EXP. N°: Exp. 191/2009.
PROCESO: Contencioso Administrativo.
PARTES: Fundación Acción Cultural (ACLO) Potosí c/ Superintendencia Tributaria General (Autoridad General de Impugnación Tributaria).
FECHA: Sucre, seis de marzo de dos mil doce.
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa interpuesta por la Fundación Acción Cultural (ACLO) Potosí, representada por Vincent J. Nicolas impugnando Resolución de Recurso Jerárquico STG-RJ/0032/2009 de fecha 20 de enero de 2009, pronunciada por el Superintendente Tributario General Interino; el informe de la Magistrada Tramitadora Rita Nava Duran; y
CONSIDERANDO: Que planteada por el actor la demanda de fojas 22 a 26; por proveído de fecha 14 de mayo del 2009 de fojas 29, se admite la demanda contencioso administrativa, disponiendo el traslado al Superintendente Tributario General para que responda dentro del término de ley.
Que la demanda fue modificada a fojas 35 y que aceptada esta modificación a la demanda, se notifico a la parte demandante en fecha 19 de febrero del 2010, el proveído de dicha modificación.
Que desde la fecha de notificación con la modificación de la demanda, la parte demandante, no se apersono a instar la prosecución del proceso.
Que a la fecha ha operado la perención de instancia por abandono de la acción por el término de 6 meses, previsto en el art. 309.I del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia de conformidad al art. 4.1) y art. 309.I del Código de Procedimiento Civil, DECLARA la perención de instancia por abandono de la acción. Con costas.
No intervienen la Magistrada Maritza Suntura Juaniquina y el Magistrado Rómulo Calle Mamani por encontrase de viaje oficial.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
PRESIDENTE
Jorge I. von Borries Méndez
DECANO
Antonio Campero Segovia
MAGISTRADO
Pastor Segundo Mamani Villca
MAGISTRADO
Rita Susana Nava Durán
MAGISTRADA
Norka N. Mercado Guzmán
MAGISTRADA
Fidel Marcos Tordoya Rivas
MAGISTRADO
Darwin Vargas Vargas
Secretario de Sala Plena