Auto Supremo AS/0464/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0464/2013

Fecha: 05-Nov-2013

Regístrese, notifíquese y cúmplase

Que en el presente caso de autos, a la fecha ha operado la perención de instancia por abandono de la acción por el término de 6 meses, previsto en el art. 309 del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia de conformidad al artículo 4 numeral 1) y art. 309 parágrafo I del Código de Procedimiento Civil, DECLARA LA PERENCIÓN DE INSTANCIA POR ABANDONO DE LA ACCIÓN, debiendo procederse al archivo de obrados de la presente causa.
No interviene el Magistrado Fidel Marco Tordoya por encontrase en viaje oficial.
Regístrese, notifíquese y cúmplase