Que, desde la fecha de notificación con la providencia de la admisión de la demanda,
Que, desde la fecha de notificación con la providencia de la admisión de la demanda, en fecha 17 de Agosto de 2011 (fojas 22), la parte demandante no se apersonó a instar la prosecución del proceso, ya que simplemente se limitó a solicitar 2 certificaciones, conforme se evidencia por memoriales de fojas 23 y 27
- PROCESO: Contencioso Administrativo
- FECHA: Sucre, once de noviembre de dos mil trece
- CONSIDERANDO: Que planteada la demanda contencioso administrativa que cursa a fojas 11 a 13,
- Que, desde la fecha de notificación con la providencia de la admisión de la demanda,
- Que, conforme dispone el art
- En el presente caso de autos, a la fecha se ha operado la perención de
- POR TANTO
- Por Secretaría de Sala Plena procédase al desglose de la documentación original acompañada, debiendo quedar
- Secretario de Sala Plena
