Auto Supremo AS/0089/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0089/2013

Fecha: 03-Abr-2013

No intervienen las Magistradas Rita Susana Nava Durán y Maritza Suntura Juaniquina por encontrarse en


VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso-administrativa planteada de fojas 23 a 25 por Willan Elvio Castillo Morales en su condición de Gerente Regional Santa Cruz de la Aduana Nacional de Bolivia impugnando la Resolución Jerárquica Nº AGIT -RJ 0689/2012 de 14 de agosto de 2012 pronunciada por la Directora Ejecutiva de la Autoridad de Impugnación Tributaria, el informe del Magistrado Tramitador Antonio Campero Segovia, y
CONSIDERANDO: Que el artículo 780 del Código de Procedimiento Civil, señala que la demanda contenciosa administrativa deberá ser interpuesta en el plazo fatal de noventa días contados desde la fecha de la notificación con la resolución impugnada, plazo legal de ineludible cumplimiento.
Que de la revisión de la diligencia cursante a fojas 1, se evidencia que con la Resolución de Recurso Jerárquico Nº AGIT -RJ 0689/2012 de 14 de agosto de 2012, se notificó a la entidad ahora demandante el 21 de agosto del presente año, y que la presente acción contencioso-administrativa fue presentada el 22 de noviembre de 2012, conforme se evidencia del cargo que sale a fojas 25; es decir, luego de noventa y tres días y por tanto, fuera del plazo fatal establecido por el artículo 780 del código adjetivo civil, correspondiendo su rechazo in límine al haberse operado la caducidad del derecho para deducir la presente acción.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal supremo de Justicia, RECHAZA la demanda planteada por extemporánea.
No intervienen las Magistradas Rita Susana Nava Durán y Maritza Suntura Juaniquina por encontrarse en viaje oficial