Con dicha providencia de observación fue notificado el interesado el 30 de mayo de 2014;
Con dicha providencia de observación fue notificado el interesado el 30 de mayo de 2014; sin embargo, hasta la fecha no dio cumplimiento a las obligaciones destinadas a la continuidad del proceso, dejando vencer el plazo otorgado, correspondiendo en consecuencia aplicar la sanción prevista en el artÃculo 333 del Código de Procedimiento Civil
- PROCESO: Homologación de Sentencia
- PARTES: Iván Revollo Chambi contra Yolanda Charle Alcoceba
- VISTOS EN SALA PLENA: La solicitud de Homologación de Sentencia de Divorcio dictada por el
- CONSIDERANDO: Que presentada la solicitud de Homologación de Sentencia, fue observada por decreto de 23
- Con dicha providencia de observación fue notificado el interesado el 30 de mayo de 2014;
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- RegÃstrese, notifÃquese y cúmplase
- Sala Plena
