De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:
El recurrente denuncia que el Auto de Vista incurrió en incongruencia omisiva al no haber resuelto los siguientes puntos cuestionados en su apelación restringida: no se le hizo conocer que tenía la oportunidad de hacer uso del recurso de apelación, fue notificado con la sentencia 31 días después de haberse emitido las conclusiones, no se pronunció sobre la denuncia realizada en cuanto a la aplicación de la inhabilitación especial, la suspensión condicional de la pena, así como el cumplimiento de requisitos para dicha suspensión. Denuncia además, que el Auto de Vista impugnado, no brinda una fundamentación valedera para afirmar que no es imperativo que se transcriba literalmente las declaraciones de los testigos; vulnerando de esta manera la previsión del art. 115.I de la Constitución Política del Estado (CPE), así como lo establecido en los Autos Supremos 012/2012, 055/2010, 309/2012 de 29 de octubre, 297/2012 de 20 de noviembre y 020/2012 de 7 de febrero
- Por memorial presentado el 19 de septiembre de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)El 16 de septiembre de 2014 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Conforme lo señalado, el recurso de casación, condiciona su admisión al cumplimiento de los requisitos
- En cuanto a los demás requisitos, de la revisión del recurso, se establece que el
- Sin embargo, tomando en cuenta la naturaleza del motivo alegado en el recurso de casación
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Firmado
