Auto Supremo AS/0066/2014-R
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0066/2014-R

Fecha: 10-Jun-2014

La naturaleza de la caución está dirigida a prevenir un presunto daño que pudiera causarse

La naturaleza de la caución está dirigida a prevenir un presunto daño que pudiera causarse en la revisión de la sentencia. La cuantía de la misma, de acuerdo con la norma procesal, se fijará de acuerdo con la importancia del caso, es decir, que es una facultad privativa del Tribunal, en virtud a las características del recurso. En el presente caso, la sentencia dentro del proceso seguido sobre restitución de precio pagado e indemnización pagada por mejoras y gastos, declaró probada en parte la demanda, así como probada parcialmente la demanda reconvencional. Así, el monto de la caución fijada, se encuentra en relación con el artículo 302 parágrafo II del Código de Procedimiento Civil