Por otro lado, se alude la vulneración al debido proceso, seguridad jurídica, legalidad, presunción de
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
En el caso de autos, se establece que el 24 de abril de 2015, fue notificado el recurrente con el referido Auto de Vista impugnado y el 4 de mayo del mismo año, interpuso recurso de casación; es decir, dentro del plazo de los cinco días que le otorga la ley, considerando que los días 25, 26 de abril y 1 de mayo no eran hábiles, cumpliendo con el requisito temporal previsto por el art. 417 del CPP.
Por otro lado, se alude la vulneración al debido proceso, seguridad jurídica, legalidad, presunción de inocencia y la legítima defensa como defecto absoluto provocado por una Sentencia carente de fundamentación, en cuyo mérito la parte recurrente denuncia que este aspecto debía ser subsanado por el Tribunal de alzada quien, a su vez incurrió en defecto absoluto y violación del debido proceso, por no anular la referida resolución. Corresponde señalar que es evidente que ante la denuncia de vulneración de derechos y garantías provocados no resulte ser obligatoria la invocación de precedentes contradictorios; sin embargo, en el presente caso se advierte que el recurrente se limitó a realizar unas definiciones doctrinales de los derechos y principios vulnerados, omitiendo precisar y explicar la trascendencia y relevancia de la supuesta vulneración y fundamentalmente el resultado dañoso emergente del presunto defecto, de donde resulta que dicha denuncia es insuficiente para su consideración, por incumplimiento de los presupuestos de flexibilización establecidos en el acápite IV de la presente Resolución, imposibilitando la admisión del presente motivo aún por vía de excepción
- Del memorial de recurso de casación referido precedentemente, se extrae el siguiente motivo
- Puntualiza que no es preciso invocar precedente, ante la denuncia de la existencia de defectos
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Por otro lado, se alude la vulneración al debido proceso, seguridad jurídica, legalidad, presunción de
- En consecuencia, por los fundamentos expuestos, se establece que el recurso de casación sujeto a
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
